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Convocadas las subvenciones para actividades festeras 2019

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La Junta de Gobierno del Ayuntamiento ha aprobado la convocatoria anual de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a favor de entidades y asociaciones festeras, sin ánimo de lucro, relacionadas con las Fiestas de Moros y Cristianos y de Hogueras que, teniendo como finalidad el fomento y la promoción de la tradición festera, realicen actuaciones en San Vicente que contribuyan a la conservación tradicional de su realización, permitiendo así su continuidad.


La dotación presupuestaria máxima destinada a esta convocatoria es de 42.600 euros, divididos en las siguientes líneas de subvención:

1ª LINEA “ ACTIVIDADES FESTERAS” : 29.600 €. Las actividades a subvencionar, exclusivamente para federaciones, pueden ser:

. Servicios de megafonía, iluminación e imagen.

. Bandas de música. Bandas de cargo y alquiler de Indumentaria.

. Diseño e impresión de cartelería, folletos, programas de mano…

. Alquileres de mesas, sillas e infraestructuras. Montaje y desmontaje de infraestructuras propias. Seguros festeros.

. Material de oficina. Seguridad privada.

. Pirotecnia y arcabucería.

. Gastos de diseño, desarrollo, perfeccionamiento, modificación y/o mantenimiento de páginas web o portales en Internet. Gastos de publicidad e información en los medios de comunicación de las actuaciones comprendidas en el programa o memoria objeto de subvención, hasta un máximo del 10% teniendo en cuenta el porcentaje que representa esta sobre subvención sobre el total del proyecto/actividad  subvencionado.

2º LINEA: “CONSTRUCCIÓN DE MONUMENTOS FOGUERILES”: 13.000,00€ para las asociaciones o entidades festeras y la actividad para la que se solicita es la construcción de los monumentos fogueriles en el término municipal de San Vicente del Raspeig, siendo la cuantía máxima total por beneficiario de 1.300€. La subvenciones son para aquellos gastos derivados exclusivamente de la construcción del monumento fogueril.

La concesión de ambas líneas de ayudas se efectuará en régimen de concurrencia competitiva mediante convocatoria y procedimiento selectivo único. Podrán solicitar subvenciones, entidades y asociaciones festeras, sin ánimo de lucro, relacionadas con las Fiestas de Moros y Cristianos y de Hogueras, que reúnan los siguientes requisitos:

  1. a) Tener entre sus fines estatutarios “el desarrollo de la fiesta y fomento de la continuidad de la tradición festera”. b) Estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones. c) No estar incurso en ninguna de las circunstancias señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. d) Su domicilio social y ámbito de actuación se circunscriba según los Estatutos al municipio de San Vicente del Raspeig. e) Las asociaciones o entidades festeras que opten a la 1ª Línea de esta subvención deben estar constituidas como Federación.

Plazos 

El plazo de presentación de solicitudes será quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Las solicitudes, acompañadas de la documentación requerida, estarán disponibles en la pagina web del Ayuntamiento,  en http://www.raspeig.es/portal/fiestas/